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Presentar la Declaración de Renta – Paso a Paso

Hoy les voy a explicar como presentar la declaración de renta y no morir en el intento. Además veremos si uds están obligados a realizarla o no, y de yapa les voy a dar algunos tips y trucos que fui aprendiendo para que este trámite que se hace anualmente no les de miedo.

¿Qué es la Renta y su Declaración?
En España, cuando hablamos de «la renta» nos referimos, de forma general, al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Es un tributo que grava las ganancias (rentas) que obtienen los individuos a lo largo de un año natural. Estas ganancias pueden provenir de diversas fuentes:

  • Rendimientos del trabajo: Tu salario, prestaciones por desempleo, pensiones, etc.
  • Rendimientos del capital: Intereses bancarios, dividendos de acciones, alquileres que cobras por una propiedad tuya, etc.
  • Rendimientos de actividades económicas: Si eres autónomo, los beneficios de tu negocio.
  • Ganancias y pérdidas patrimoniales: Por ejemplo, la venta de un inmueble, de acciones, fondos de inversión, etc.


La declaración de la renta es el documento que presentamos anualmente a la Agencia Tributaria
(Hacienda) donde informamos sobre todas estas rentas obtenidas, así como sobre ciertos gastos y circunstancias personales y familiares. Con esta información, Hacienda calcula si nos corresponde pagar más impuestos (si lo que nos han retenido a lo largo del año es insuficiente) o si, por el contrario, nos tienen que devolver dinero (si nos han retenido de más).

En resumen, es un ajuste de cuentas anual con Hacienda para determinar cuánto impuesto debemos pagar o nos deben devolver, basándose en nuestros ingresos y deducciones aplicables. Ahora que ya entendes que es vamos a ver como presentar la declaración de renta y salir airoso de este tramite.

¿Es obligatorio presentar la declaración de renta?

Es lo primero que se pregunta la mayoría de la gente. Y no, no todo el mundo está obligado a hacerlo.

La Regla General: Si tus ingresos NO SUPERAN CIERTOS LÍMITES, NO estás obligado a declarar.

Estos límites varían según el tipo y la procedencia de tus ingresos del año que vas a declarar:

  1. Si SOLO tuviste UN PAGADOR (tu empresa, el SEPE si cobras el paro, tu pensión…)
    No estás obligado a declarar si tus ingresos del trabajo (salario, paro, pensión) son inferiores a 22.000 € anuales.
    Ejemplo: Si tu sueldo bruto anual es de 20.000 € y solo trabajas para una empresa, no estás obligado.
  2. Si tuviste DOS o MÁS PAGADORES
    Aquí el límite baja. No estás obligado a declarar si tus ingresos del trabajo son inferiores a 15.000 € anuales, SIEMPRE Y CUANDO:
    La suma de los ingresos del segundo pagador (y siguientes) sea superior a 1.500 € anuales.
    Si los ingresos del segundo y siguientes pagadores NO SUPERAN 1.500 € anuales, el límite general vuelve a ser 22.000 €.

    Ejemplo 1: Cobras 14.000 € de una empresa y 3.000 € de un trabajo extra. Tus ingresos superan los 15.000 €, por lo tanto, SÍ estás obligado a declarar.

    Ejemplo 2: Cobras 20.000 € de tu empresa principal y 1.000 € de otro pagador (menos de 1.500 €). Tus ingresos totales son 21.000 €. Como el segundo pagador no supera los 1.500 €, se aplica el límite de 22.000 €. Por lo tanto, NO estás obligado a declarar.
  3. Otros Tipos de Ingresos (además de tu sueldo)
    Además de los rendimientos del trabajo, hay otros límites que te pueden obligar a declarar si los superas, incluso si tus ingresos del trabajo son bajos. Abajo de te cuento más.
  • Rendimientos del capital mobiliario (intereses de cuentas, dividendos de acciones…) y ganancias patrimoniales (ventas de fondos, criptomonedas…): Si superan los 1.600 € anuales (sumando ambos tipos de ingresos).
  • Rentistas (si cobras alquileres por propiedades): Si tus rendimientos de capital inmobiliario imputados (ingresos por alquileres) o de actividades económicas (si eres autónomo) superan los 1.000 € anuales.

Resumen para saber si tienes que hacer la declaración de renta

Estás OBLIGADO a presentar la Declaración de la Renta si:

  • Tus ingresos del trabajo de UN PAGADOR superan 22.000 € anuales.
  • Tus ingresos del trabajo de DOS o MÁS PAGADORES superan 15.000 € anuales (y el segundo pagador, o el resto, supera los 1.500 €).
  • Tus ingresos de capital mobiliario o ganancias patrimoniales superan 1.600 € anuales.
  • Tus ingresos por alquileres o actividades económicas superan 1.000 € anuales.
  • Tienes derecho a una deducción por inversión en vivienda habitual (para compras anteriores a 2013).
  • Tienes derecho a deducciones como la de maternidad, familia numerosa o persona con discapacidad a cargo (si quieres cobrar el importe total o el remanente).

¡Importante! Aunque no estés obligado, a veces TE CONVIENE presentar tu declaración de renta
Si te corresponde una devolución: A menudo, si te han retenido más de lo que te corresponde a lo largo del año (por ejemplo, si has trabajado pocos meses o tu salario ha fluctuado), te puede salir a devolver. Si no realizas la declaración de renta por más que tengas este dinero a favor Hacienda no te lo devolverá.

Entonces ahora que entendes todo vamos con los pasos.

Presentar la Declaración de Renta paso a paso.

Vas a arrancar entrando aquí y vas a hacer click en «Servicio de Tramitación de Borrador / Declaración…» que aparece al costado derecho. Te vas a identificar con tu certificado digital o tu cl@ve. Y en la siguiente pantalla haces click en «Borrador/Declaración (Renta DIRECTA)».

Muy posiblemente cuando entres ya veas un número en verde (cuando la Agencia Tributaria te debe dinero) o un número en rojo (cuando tú le debes a ellos). Por empezar quiero decirte que SI quisieras podrías ahí mismo presentar esa declaración que ellos te proponen. Pero lo que hay que tener en cuenta es que tal vez hay ciertas deducciones (dinero a tu favor) que no esté contemplado en el borrador que ellos te proponen. Por lo que yo siempre recomiendo chequearlo y eso lo hacen haciendo click en «Ir a Renta Web».

CONSEJO: Si tu declaración de renta es fácil como suelen ser las mías, muuuy posiblemente lo que ellos te proponen en el borrador sea correcto. Ahora si tu situación no fuera la más «típica» y tuvieras alguito complejo mi recomendación es que te apoyes en la web de TaxDown para doble chequear. Incluso en mi caso que es fácil (pues no tengo hijos, ni coche ni propiedades jaja) yo doble chequeo con la versión gratis de esta web (que también es una app) y simulo mi borrador de la declaración para quedarme tranca. Toda esta simulación es gratis, así que podes avanzar tranquilo. Lo que ellos cobran es por presentarla o por asesorarte en el caso de que tengas dudas o una renta compleja.

Vuelvo, una vez que entran a RENTA WEB, podrán ver datos básicos de uds. Si abajo de todo hacen click en «aceptar» podrán acceder a ver las cuentas que Haciendo hizo para llegar al borrador que hoy les presenta. Les dejo un ejemplo con saldo a devolver:

Si hacen click arriba donde dice «Apartado declaracion» pueden ir punto por punto de forma ordenada editando lo que necesiten. Una vez que esten conformes hacen click en el boton de arriba a la derecha de «mostrar opciones» y le dan a «Validar». De esta forma el sistema chequeará si hay algún error en lo que escribieron, alguna casilla que falte completar, o algo que les falte chequear.
Al lado tienen otro botón «guardar», esto es en el caso de que quieran comenzar el borrador y completarlo luego.
Y sino si no hay errores y están conformes pueden darle a presentar, botón que también encuentran ahí un poco más arriba. Si recomiendo que chequeen el IBAN que tengan declarado tanto si tienen que devolverle dinero como si tienen que cobrarles. En general este punto salta como «aviso» al momento de validar el documento.

Recorda bajarte siempre los comprobantes de trámites que realices!

A considerar: 1. Deduccciones

Además de las deducciones estatales (que aplican a toda España y podes verlas en el Manual Práctico de cada año), cada comunidad autónoma tiene sus propias deducciones (que podes ver aquí).
En Cataluña, existen varias que pueden beneficiarte significativamente, algunas comunes incluyen:

  • Deducción por alquiler de vivienda habitual: Si sos menor de 35 años, puedes deducir parte del alquiler de tu vivienda habitual si cumples ciertos requisitos de ingresos. Pero ¡ojo!, también hay deducciones para mayores de 65 años o personas con discapacidad.
  • Deducciones por nacimiento o adopción.
  • Deducciones por donativos a entidades que fomentan la investigación y el desarrollo científico.
  • Deducciones por rehabilitación de vivienda habitual.
  • Deducciones por inversión en empresas de nueva creación. ¡No te olvides de buscar las «deducciones autonómicas Cataluña IRPF» cada año! La web de la Agencia Tributaria de Cataluña o la propia AEAT suelen tener información actualizada.
  • Deducciones por familia numerosa o discapacidad.

Es decir si caes en alguna de estas categorias, o varias, y cumplis los requisitos podes completar tu declaración con esta info y de esta forma si te sale a pagar, abonarás menos, y si te sale a devolver, te pagarán más.

Si no estás seguro bien como ponerlas y no te alcanza con la info que aparece en los manuales vuelvo a recomendarte que uses la app de tax down (o su web) para simular el borrador. Te van guiando y haciéndote preguntas que incluyen las deducciones para que entiendas como ponerlas. Repito, esto es gratis 🙂

Si luego te resulta más fácil una vez que armes un borrador con ellos presentarlo desde ahí, esa parte es paga. Pero 1. no es caro (menos que si le pagaras a un gestor) 2. Tengo descuento pa ti (claro que sí). Entrando desde aquí tenes 10 euros a favor. Pero tenes que hacerte la cuenta desde ese link y luego podes decidir, si seguis hasta el borrador gratis o avanzas y presentas con ellos (y pagas). Si en cambio haces click en «comenzar gratis» (el que aparece arriba a la derecha) y luego quieres presentar la declaración de renta con ellos no se te va a aplicar el descuento.

A considerar: 2. Presentar la declaración de renta de forma conjunta

En el caso de que estés casado/a recomiendo que chequees la opción de realizar la declaración conjunta.

  • Tributación individual: Cada miembro de la pareja presenta su propia declaración.
  • Tributación conjunta: Se suman todas las rentas de la unidad familiar (matrimonio e hijos menores o incapacitados) y se presenta una única declaración.

¿Cuándo conviene la declaración de renta conjunta? Generalmente, la tributación conjunta suele ser beneficiosa cuando uno de los cónyuges tiene rentas muy bajas o nulas, ya que se aplica una reducción en la base imponible. Si ambos cónyuges tienen rentas significativas, suele ser más ventajoso tributar de forma individual.



Si es tu caso cuando entres a hacer tu borrador te va a dar la posibilidad de presentar en conjunto o de forma individual. Si elegis en conjunto verás que te pide una referencia:

A no desesperar, para conseguir esa referencia tenes que entrar acá e identificarte con tu certificado digital.

Una vez que hagas eso, te dará tres opciones para presentar esta declaración. Una de forma conjunta, otra de forma individual (vos), y una tercera de forma individual (tu pareja). Miren por ej este ejemplo que me envio una seguidora (gracias!) en donde su pareja no estuvo trabajando en 2024 pero ella sí.

Como verán en este caso conviene MUCHO presentar la declaración de forma conjunta. Pero también tienen las otras formas, así que ahí decidirán uds que les conviene más.

Importante: Si tenes pareja de hecho NO se puede presentar la declaración conjunta de la renta SALVO que tengas al menos un hijo en común.
En ese caso, la Agencia Tributaria permite que uno de los miembros de la pareja de hecho (el padre o la madre) forme la «unidad familiar» con los hijos (siempre que sean menores de edad o mayores incapacitados judicialmente y convivan con ellos), y presente una declaración conjunta con ellos. El otro miembro de la pareja tendrá que hacerla individualmente.

Por último: no le tengan miedo a este trámite. Si piensan que no tienen nada extra para sumar con revisar el borrador de Hacienda y pasarlo por TaxDown deberían estar ok para presentar solos. Si en cambio tienen deducciones para hacer, para mi es un must que hagan el borrador con TaxDown (gratis!) y después deciden si quieren presentarlo con ellos (acuérdense de hacerse la cuenta desde este link para tener descuento), o si quieren ir solos basándose en lo que armaron en dicha web. (es decir pasando la data que TaxDown les fue pidiendo a su propio borrador en Hacienda).

Si en cambio tienen una situación más compleja podes contratar un plan más completo que incluya asesoramiento por un profesional (35e con mi descuento) o directamente que lo hagan por ti (55e con mi descuento). Estos planes son anuales y se pueden cancelar y mientras dure el año podes seguir usándolo todo lo que necesites. Osea podes contratar por este año y cancelar enseguida e igual aprovecharlo o también podes contratarlo y olvidarte, y el año que viene que se ocupen ellos ja

Una vez que haces este tramite te queda el modelo de lo que presentaste y los años siguientes podes también apoyarte en eso para armar el próximo. Yo no soy experta y vengo haciendo las declaraciones de amigos, pareja y familia desde el año 1 que nos mudamos. Si yo puedo, uds también 🙂

Importante: Si me estas leyendo en el 2025 tenes hasta el 25 de Junio inclusive para realizar este trámite en el caso de que te salga a pagar y quieras elegir domiciliación. Ahora si abonas de cualquier otra forma o si te sale a devolver tenes hasta el 30 inclusive. No te cuelgues y hace el trámite! Si estuvieras en la obligación de presentarlo y no lo haces Hacienda va a cobrarte una multa. Ojo con esto.

Si quieren apoyarnos para seguir trayéndoles data útil y descuentos: tenemos un cafecito en pesos y un ko-fi en euros (es un aporte único no una suscripción!)
También pueden seguirnos en redes que nos ayuda mucho. En nuestro ig y en el canal de Youtube de novio. Y recorda que si tenes algun conocido amigo o familiar que este por emigrar podes decirles que chequeen el blog, que me contacten para una asesoría o que se compren esta super guía que arme con toda la data que me hubiese gustado tener cuando emigre. (se puede abonar en pesos argentinos!)

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